Por Dr. Juan Zegarra Chávez.
CAPITULO I
1. UBICACIÓN Y LÍMITES
El fundo "El
Sauco" se encuentra ubicado en las alturas del distrito de Sucre.
Precisamente, en las Jalcas del Caserío Calconga. Es un apéndice de más o menos
174 hectáreas, con 6,400 metros cuadrados de superficie, que resultó sobrante
de la venta de los fundos, de mayor extensión, llamados: "San Juan de
Tincat" y "Sumbat", los que, a la vez, habían sido parte
integrante de la más extensa hacienda del Norte del Perú llamada "Polloc",
perteneciente al conocido latifundista y político, MANUEL CACHO SOUSA, quien,
con anterioridad, vendió los citados fundos a don David Reyna y a don
Hildebrando Aliaga Zavaleta, respectivamente.
Los límites o linderos
del fundo están determinados de la siguiente manera: La confluencia del rio
"Pachachaca" con el riachuelo que baja de Vigas; sube por el curso
del riachuelo hasta la "Peña Gris", situado en la orilla izquierda
del riachuelo, en la base del cerro "Gentil" y frente al cerro
"Incaico"; de la mencionada "Peña Gris", por la izquierda,
en línea recta sigue hasta la cúspide del cerro "Incaico"; de dicha
cúspide, en línea recta, sigue al poyo "Hueco Verde", donde existe
una vertiente de agua; de dicho poyo, en línea recta, hasta la quebrada
"Grande"; sigue, pasando el llamado "Morrito Solo", partido
por una quebradita que desemboca de la quebrada "Grande" y sigue
hasta encontrar el río que baja de Pachachaca y siguiendo por este río hasta
encontrar el Tingo o confluencia del riachuelo Vigas, punto de partida.
2. LA DONACIÓN
La correspondiente
donación se formalizó notarialmente en la ciudad de Lima, con el otorgamiento
de la Escritura Pública respectiva, ante el Notario, doctor Miguel A. Córdova,
de fecha 2 de noviembre de 1951.
En la donación
intervino el Dr. Nazario Chávez Aliaga, en mérito del poder por Escritura
Pública que le otorgó el Concejo, ante el Notario Público de Celendín, señor
Aurelio Bazán Peralta, con fecha, 14 de Junio de 1951.
Con motivo de la
festividad religiosa en honor de San Isidro, patrón del pueblo de Sucre,
visitaron la ciudad una nutrida comitiva de parlamentarios cajamarquinos, al
parecer, invitados por el Dr. Nazario Chávez Aliaga, hijo ilustre de Sucre,
entonces, diputado de la Provincia de Cutervo. Esto, sucedió el 15 de mayo de
1951. Entre los visitantes estaba el Senador de la República, don Manuel Cacho
Sousa.
Fueron recibidos muy
calurosamente y declarados huéspedes ilustres. Pero, el senador fue abrumado de
vítores y aplausos y como respuesta a tan cálido afecto anunció al pueblo, que
donaba al Concejo Distrital de Sucre, aquel remanente de tierras que los
paisanos conocían con el nombre de "El Sauco"; pero cuyo nombre no se
menciona en la escritura pública de donación.
Debemos precisar, que
la Escritura Pública de Donación no fue inscrita en los Registros de la
Propiedad Inmueble de Cajamarca, seguramente, por descuido del Concejo.
Después de 40 años de
producida, recién se inscribe como Primera de Dominio, el 19 de Setiembre de
1991, en forma ilegal, como se apreciará más adelante.
Pero, a esa fecha, la
Dirección General de Reforma Agraria, ya tenía inscrito el dominio del predio a
su nombre, al igual que, los otros fundos de propiedad del Concejo, como
consecuencia de la aplicación de la Ley de Reforma Agraria, como lo
explicaremos más adelante, al comentar el proceso judicial de expropiación.
3. EL USUFRUCTO DEL FUNDO
Indudablemente, el
ingreso del fundo donado al patrimonio de la Municipalidad de Sucre constituyó
un importante aporte a la economía municipal. Sin embargo, faltó iniciativa o
imaginación para explotarlo con visión de futuro. Al contrario, se limitaron en
darlo en arrendamiento por largo plazo, conforme las disposiciones de la Ley o
Digesto Municipal. Es decir, en remate o subasta pública de postores.
En la revista anual,
"El Labrador", de la "Asociación Sucrense en Cajamarca", N°01, de Mayo de 1992, el profesor, Gutemberg Aliaga Zegarra, afirma en su artículo titulado: "El Sauco, Hito Histórico de un Pueblo", página
27, que el primer arrendatario fue el señor Hildebrando Aliaga Zavaleta, luego
siguió don Clodomiro Aliaga Sánchez, cuyo contrato venció a fines de Diciembre
de 1962.
El tercer y último
arrendamiento es ganado por don Eligio Chávez Chávez, para el periodo de 1963 a
1972; pero, casi de inmediato, con conocimiento y asentimiento del Concejo, el
arriendo pasó a los menores, Félix Alberto Aliaga Chávez y Pedro Chávez García,
con la garantía del propio Eligio Chávez Chávez y de don Teobaldo Chávez,
pagando la merced conductiva de 15,000 soles oro, anuales.
Estos dos jóvenes,
acostumbrados a los trabajos rudos del campo y al rigor del frío de las jalcas,
empezaron a trabajar el fundo llenos de fe y esperanza de triunfar. Y así
sucedió. Lo primero que hicieron fue dividir el predio, en dos parcelas y cada
uno eligió la suya.- Luego, con su laboriosidad y sacrificio, asumieron el reto
de convertir a sus parcelas en centros de producción agrícola y lechera. Y, lo
lograron.
Por su parte, Félix
Aliaga Chávez, en unión con sus hermanos: Segundo Nemesio y Roger Aliaga Chávez,
fomentaron una importante ganadería de lidia de pura casta, con el nombre de
"San Isidro", con divisa inscrita y reconocida por la Asociación
Nacional de Criadores de Ganado de Lidia del Perú. Para tal cometido compraron
cincuenta vaquillonas de vientre y un semental de la ex famosa ganadería
"La Pauca", llegando a tener ciento treinta astados bravos, que
fueron toreados, no sólo, en las ferias taurinas en honor a San Isidro
Labrador, sino también, en las plazas de Celendín, del distrito de Jesús, en Cajamarca,
e inclusive, en la Plaza de Acho de Lima.- En las ferias taurinas de Sucre
participaron como toreros "Señoritos", Segundo Nemesio Aliaga Chávez
y su hermano Roger, quien lo hacía a caballo, imitando la "Suerte
Nacional".
Al término del
contrato — diciembre de 1972 — el Alcalde de entonces, don Porfirio Reyna
Aliaga no pudo sacar a nuevo remate el arrendamiento del fundo por cuanto lo
prohibía la Ley de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, N°17716.
Los Notarios Públicos,
por mandato de la citada ley, no podían autorizar escrituras públicas de
arrendamientos de predios rústicos, que era la forma exigida para los predios
de propiedad de las municipalidades.
Frente a esta
situación, el Concejo convocó a los conductores del fundo a una Sesión de
Cabildo, para decidir lo que mejor convenía. El Alcalde era consciente, que la
Ley de Reforma Agraria favorecía a los arrendatarios, como beneficiarios de la
misma. El acuerdo al que arribaron fue: Que ellos continuaban con el fundo,
pagando 25000 soles oro anuales, hasta cuando la Dirección General de Reforma
Agraria decida si son o no calificados como beneficiarios de la Reforma
Agraria, firmándose un contrato privado, que quedó guardado en la
Municipalidad, según la versión de Félix Alberto Aliaga Chávez. Según la misma
persona, los arriendos fueron pagados hasta el año de 1977, mediante pagos
trimestrales.
Del libro Cuando los
Jueces Prevaricaron, Dr. Juan Zegarra Chávez, Págs. 13 al 19.
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