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domingo, 13 de marzo de 2011

Artículo: LAS COOPERATIVAS Y EL PROBLEMA DE LA CARNE.


Por: J. Clodomiro Chávez.
Accedo con singular satisfacción al pedido del Instituto Cooperativo del Perú, de decir algo por R.N., sobre la materia de las cooperativas, de suma novedad en nuestro país y sobre la que el Congreso de la República ha legislado últimamente. Y lo que habré de decir en esta charla, serán algunos aspectos de beneficios de las cooperativas, en el suministro de carne para la alimentación de los habitantes.

Cuando la explotación de este negocio de la carne está confiado a personas individuales o colectivas, dentro del régimen capitalista, poco o nada se puede esperar de que la carne llegue al mercado, con el carácter de una verdadera selección. La economía individualista, en pugna con todo lo que signifique provecho inmediato, no lo permite: les basta con procurarla abundante y al más bajo costo, para que obtengan buenas ganancias: el público consumidor no entra para nada en sus preocupaciones, que no fuera como un simple sujeto de demanda del artículo que expenden. Pero cuando la explotación de éste negocio, del que depende en gran parte la salud nacional, lo hacen las cooperativas de producción, sobre los pilares de la ausencia de lucro exclusivamente personal y sobre el objetivo de la repartición de una parte de los beneficios en proporción directa al esfuerzo inteligente de sus asocia­dos, entonces se hace posible y se ha hecho posible en los países que existen, con profusión, estas organizaciones, los siguientes resultados que trascienden a la fortaleza de la estructura vital de la Nación: una preocupación por la selección racial del ganado, inspirada en los principios de la zootecnia; una preocupación por la edad en que han de ser beneficiados, tomando me­didas directas e indirectas sobre el suministro de carne de animales tiernos, para evitar la extinción de los de su especie; una preocupación sobre el estado sanitario de esta clase de animales, durante la cría de éstos y más aún durante el tiempo que han de ser sacrificados, a fin de evitar la propagación de las enfermedades humanas y también su valor desnutritivo como alimento: una preocupación sobre su grado de engorde, porque está demostrado que la carne cuando no tiene cierta cantidad de grasa, es inapropiada para la alimentación; una preocupación por último, sobre el forraje, procurándose siempre bueno y en abundancia, materia que para ser abordada debidamente, hace necesario un estudio previo de la naturaleza de las plantas y de los terrenos que la producen, no siendo raro que se apele a las enseñanzas de la química para salvar la deficiencias, o suministrándoles brebajes a los animales que contengan mezclas de minerales, como la sal común, el fosfato de calcio, la cal apagada, el azufre sublimado, el carbonato de sodio, el carbón vegetal, el sulfato de hierro, el sulfuro de antimonio, y el yoduro de potasio en proporciones distintas y variables.

Nadie podrá negar que todas estas preocupaciones de las cooperativas cristalizadas en hechos, importa un beneficio positivo para la alimentación del pueblo sobre todo tratándose del nuestro, que acusa un índice enorme de enfermedades endémicas que tienen su origen en la desnutrición. Por eso para remediarlo, se ha legislado sobre las cooperativas de toda clase, desde las de producción hasta las de consumo y de crédito, facilitando las federaciones y confederaciones de éstas, controladas por la Dirección General de Cooperativas dependiente del Ministerio de Fomento. Para constituirlas, cualquiera que sea su género, basta con la buena voluntad de los que ejercitan una actividad útil en la vida, desde que su capital puede estar representado en dinero, bienes muebles e inmuebles, semovientes, productos, el trabajo o la industria de los asociados. Tampoco necesita para que empiece a funcionar gran número de asociados: basta que sean diez. Ni menos de grandes desembolsos de dinero para constituirse, puesto que la forma material de estas organizaciones puede ser la de una simple acta refrendada por el personero del gobierno, por el Alcalde del distrito, por el Juez de Paz del mismo, por un Notario o por la autoridad política del lugar. Lo mismo, en lo que respecta a la responsabilidad limitada, de cuyos compromisos y obligaciones responda el haber social y una garantía adicional fijada por los socios de antemano, en el acto mismo de su constitución.

Las sociedades cooperativas son, pues, instituciones económicas, destinadas a suplantar con el tiempo, cuando han echado hondas raíces en un pueblo, a las organizaciones económicas del capitalismo, tanto por la bondad de sus resultados que responden a la técnica más perfecta y a las exigencias vitales de la nación, cuanto en ese afán de que no persiguiendo el lucro individual, sino el mejoramiento social y económico de sus componentes y de la colectividad, mediante la absoluta igualdad de derechos entre ellos, el re-parto de sus rendimientos en proporción a la participación de cada socio en las operaciones que realice con la cooperativa y la aplicación de parte de su rendimiento en obras de previsión y asistencia social, contribuye mejor que el sis­tema capitalista, a facilitar el pan al hombre y a sus familias, y con el pan todos sus derivados de salud, de orden y de tranquilidad colecti­va, abrevaderos del trabajo con alegría, de las renovaciones de las ciencias y de la prosperidad de la Nación.

De la revista Alma de Sucre, 1994.

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